10 Apr
10Apr

Informe Sombra CEDAW Cataluña (Comité contra la discriminación de la mujer) (mailchi.mp) (PDF)

La Plataforma CEDAW Catalunya es una red de más de una docena de organizaciones de la sociedad civil en Catalunya que trabajan para garantizar los derechos de las mujeres. En esta ocasión quiere dedicar su informe sombra a una de las vulneraciones dederechos más graves que sufren las mujeres en el marco de las políticas del gobierno español.

Extractos:

“Diversos estudios realizados en Europa han demostrado de manera consistente que las leyes que penalizan la contratación de actos sexuales, conocido como el modelo nórdico, empeoran la violencia sexual y el acoso contra trabajadoras sexuales. Además, no se ha demostrado que tengan un efecto positivo en la reducción de la trata de personas o la demanda por sexo.”

“Organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional y Human RightsWatch (HRW) han justificado con diversos estudios que la criminalización del trabajosexual conduce a mayores riesgos para los derechos humanos de las personas que la ejercen.”

2.1) Peligrosas e incesantes iniciativas legislativas que amenazanlos derechos y niegan las voces de las trabajadoras sexuales.

“Durante la inclusión de la tercería locativa en la Ley de Libertad de Sexual (ley sí es sí)  las organizaciones de trabajadoras sexuales no fueron ni informadas ni invitadas al proceso de elaboración de estas disposiciones que les afectan directamente.”

“Ademas se está tramitando por vía de urgencia la “Ley de trata”. En este caso el periodo de audiencia e información pública hizo prácticamente imposible la efectiva participación de las organizaciones de la sociedad civil. Se estableció en un mes en que gran parte de las entidades están realizando sus informes de subvenciones, balances anuales, etc., y en fechas con diversos días festivos que hacían aún más difícil una efectiva participación.” 

“Asimismo, el anteproyecto de ley de trata busca reintroducir el delito de ‘tercería locativa’ ya mencionado, poniendo en serio peligro el derecho al acceso a la vivienda de personas en contextos de prostitución.”

2.2) Legislación actual que criminaliza a las trabajadoras sexuales. 

“Actualmente las trabajadoras sexuales son desproporcionadamentecriminalizadas por delitos relacionados con la prostitución. Los Informes sobre los delitos contra la libertad sexual en España (IDLSE) publicados por el Ministerio delInterior, nos muestran un porcentaje desproporcionadamente alto de mujeresinvestigadas por delitos relativos a la prostitución. En los últimos años el porcentaje fue del 41% en 2021 mientras que las mujeres investigadas por el resto de los delitos contra la libertad sexual apenas suponen entre el 1 y el 5%.”

“Según la UNODC, el porcentaje de mujeres acusadas de trata que son al mismo tiempo víctimas de este delito también es constantemente alto, especialmente si se compara con las mujeres delincuentes en otros delitos.Según la UNODC, el porcentaje de mujeres acusadas de trata que son al mismo tiempo víctimas de este delito también es constantemente alto, especialmente si se compara con las mujeres delincuentes en otros delitos.”

2.3) Legislación sobre extranjería que discrimina y vulnera losderechos de las trabajadoras sexuales.  

“Un estudio de Mundo en Movimiento, constató que el 53% de las mujeres encerradas en un CIE en 2021 y 2022 eran trabajadoras sexuales, siendo esta la actividad a la que se dedicaba un mayor número de mujeres internas, con gran diferencia con respecto al resto.” 

2.4) Persecución a defensoras de derechos humanos de lastrabajadoras sexuales.

“La ideología abolicionista-prohibicionista que se promueve actualmente enEspaña está fomentando también la estigmatización y desprestigio de las entidadesque trabajan por los derechos de las trabajadoras sexuales. Existe el riesgo deque las leyes abolicionistas-prohibicionistas que se plantean, puedan criminalizar yllevar a que se retire la financiación de todos aquellos proyectos que no esténalineados con un enfoque abolicionista-prohibicionista de la prostitución.”

3) Conclusiones a partir del marco internacional de derechoshumanos.

“La Recomendación General No. 35 (2017) del Comité CEDAW requiere que los estados deroguen todas las leyes que discriminan a las mujeres, incluyendo las leyes que criminalizan a las mujeres en la prostitución. Las leyes que criminalizan el trabajosexual voluntario criminalizan también a las mujeres que lo ejercen.”

“la Recomendación general No 24 (1999) del Comité CEDAW señala que debe prestarse especial atención al derecho a la salud de las mujeres que pertenecen a grupos vulnerables, lo que incluye a “las mujeres que trabajan en la prostitución”

La criminalización afectarán desproporcionadamente a las personas trans, quienes sufriendo un desempleo del 85% acuden a menudo al trabajo sexual como única opción. Criminalizar a las personas trans más precarizadas, en su mayoría migrantes, a la vez que se reconocen los derechos como la autodeterminación de género es una paradoja que nos adelanta los nefastos resultados de esta normativa.”

“Mientras se pregona la necesidad de elaborar y evaluar políticas públicas contando con las voces de las mujeres protagonistas como una cuestión esencialmente feminista, se ha excluido y se excluye a ciertos grupos de mujeres en la elaboración de las normas que les afectan.”

Plataforma CEDAW Cataluña: plataformacedawcat@gmail.com

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